5 de agosto de 2009

CONVOCATORIA!!!


Espacio Común de la Educación Superior Tecnológica

Programa de Movilidad Estudiantil

La Secretaría de Educación Pública (SEP), con fundamento en lo previsto en el Acuerdo número 448 por el que se emiten los Lineamientos para la operación del Programa Fortalecimiento del Programa de Becas
C O N V O C A
A estudiantes de los niveles de Técnico Superior Universitario, licenciatura y posgrado de las Instituciones de Educación Superior que integran el Espacio Común de la Educación Superior Tecnológica (ECEST), a presentar su candidatura para obtener una beca nacional de movilidad estudiantil, de conformidad con las siguientes:

BASES

1. Podrán participar en el Programa de Movilidad Estudiantil, los (las) estudiantes regulares de los niveles de técnico superior universitario, licenciatura, maestría o doctorado inscritos en alguna de las instituciones que integran el ECEST.

2. Los estudiantes interesados deberán tener un promedio mínimo general de 8.5, no tener asignaturas reprobadas pendientes de acreditar y haber cubierto al menos 50 por ciento de los créditos académicos (o equivalente) de la carrera en la que está inscrito el (la) estudiante en la institución de origen.

3. Presentar al Comité de Becas de la SEP (formado por representantes de la Coordinación del Programa Nacional de Becas de Educación Superior, la Dirección General de Educación Superior Tecnológica, la Coordinación General de Universidades Tecnológicas o la Coordinación de Universidades Politécnicas) la solicitud de participación debidamente requisitada.

CONDICIONES GENERALES

1. El Programa de Movilidad Estudiantil 2009-2010 contempla la realización de estancias con una duración mínima de un mes y una máxima de seis meses.

2. El Programa de Movilidad Estudiantil alienta la realización de las siguientes actividades: tomar cursos curriculares en otras instituciones del ECEST, elaborar tesis con la asesoría de profesores adscritos a la institución receptora, desarrollar un proyecto de investigación o realizar prácticas ó residencias profesionales y de laboratorio en la institución receptora.

3. Las estancias para tomar cursos curriculares se realizarán únicamente entre las instituciones y programas del ECEST que previamente hayan realizado la comparabilidad de sus programas educativos. En tal caso, el programa educativo de la institución huésped deberá estar reconocido por su buena calidad (nivel 1 de los CIEES y/o acreditado por algún organismo reconocido por COPAES) para el nivel técnico superior universitario o de licenciatura, y en el PNPC para los programas de posgrado.

CONDICIONES ACADEMICAS

1. Los estudiantes seleccionados deberán cumplir con los requerimientos que imponga la institución receptora para la movilidad estudiantil y se sujetarán, durante el período de su estancia, a las normas y condiciones académicas que rijan en ella.
2. La institución huésped expedirá al estudiante una constancia en la cual se acredite el cumplimiento del objetivo académico durante el periodo de movilidad. A su vez, la institución de origen reconocerá las constancias emitidas por la institución huésped y acreditará a sus estudiantes de acuerdo con sus criterios y normatividad.

3. En caso de tomar cursos curriculares, el alumno deberá obtener una calificación aprobatoria para acreditar las asignaturas cursadas, conforme a la escala de calificaciones de la institución de educación superior receptora.

4. La Comisión de Movilidad del ECEST será la instancia responsable de definir otros aspectos de orden académico que deberá satisfacer el Programa de Movilidad Estudiantil 2009–2010.

BECAS

1. Para solicitar una beca de movilidad, el interesado deberá obtener previamente una carta oficial de aceptación de la institución huésped para tomar cursos con valor curricular, elaborar tesis, desarrollar un proyecto de investigación o realizar prácticas ó residencias profesionales y de laboratorio.

2. El Comité de Becas de la SEP será la instancia responsable de seleccionar a los estudiantes que serán beneficiados con una beca de movilidad estudiantil.

3. La SEP otorgará becas de movilidad, cuyo monto será el siguiente:
a. Si la movilidad estudiantil ocurre entre instituciones integrantes del ECEST localizadas en la misma localidad, ciudad o zona metropolitana, la beca será de hasta $1,500.00 (mil quinientos pesos 00/100 m. n.) mensuales por participante.

b. Si la movilidad ocurre hacia otras regiones del estado de residencia del estudiante, la beca ascenderá a $3,500.00 (tres mil quinientos pesos 00/100 m. n.).
c. Si la movilidad ocurre hacia otras entidades de la república, la beca ascenderá a $5,000.00 (cinco mil pesos 00/100 m. n.) mensuales.

4. Los gastos de transportación correrán por cuenta del estudiante.

5. La Institución huésped deberá exentar el pago de inscripción y colegiatura a los estudiantes participantes en el programa de movilidad.

6. Los estudiantes interesados podrán participar por una sola ocasión en el programa de movilidad estudiantil a lo largo de sus estudios en cada nivel (esdecir, TSU, Licenciatura, Maestría o Doctorado).

7. Los estudiantes que obtengan una beca deberán documentar las actividades que realicen durante el periodo de movilidad mediante un informe validado por el tutor que le asigne la institución receptora. Dicho informe deberá presentarlo tanto a la institución de origen como al Comité de Becas de la SEP.

DOCUMENTACIÓN

Los estudiantes interesados en solicitar una beca para participar en el programa de movilidad, deberán presentar los siguientes documentos:

1. Copia de Acta de nacimiento y de la CURP por ambos lados.
2. Copia del comprobante de domicilio.
3. Constancia oficial, expedida por la institución de origen, donde se acredite ser alumno regular de tiempo completo la institución de origen, tener un promedio mínimo general de 8.5, no tener asignaturas reprobadas pendientes de acreditar y haber cubierto al menos 50 por ciento de los créditos académicos (o equivalente) de la carrera en la que está inscrito.

4. Carta de aceptación de la institución receptora y, en su caso, carta compromiso del académico responsable de la institución receptora de coordinar la estancia de investigación o brindar la asesoría para la realización de la tesis de grado.

5. Carta de recomendación de dos profesores de la institución de origen.

6. Certificado médico de buena salud (expedido por una institución oficial) y comprobante de afiliación a seguro médico facultativo del IMSS o ISSSTE.
7. Cuatro fotografías tamaño credencial.

8. Presentar formato de solicitud para una beca de movilidad definido al efecto por el Comité de Becas de la SEP, elaborar un breve ensayo (no mayor de 3 páginas a renglón seguido, donde describa sus objetivos al participar en el Programa), presentar un plan de trabajo sobre las actividades que realizará en la institución receptora y el calendario de actividades a desarrollar.

PROCEDIMIENTO

Esta convocatoria permanecerá abierta del lunes 20 de julio de 2009 hasta el viernes 11 de septiembre de 2009. Los alumnos interesados en participar en el proceso de selección deberán entregar la documentación requerida en sus instituciones de origen o en las oficinas de la Coordinación del Programa Nacional de Becas de Educación Superior, de la Dirección General de Educación Superior Tecnológica, de la Coordinación General de Universidades Tecnológicas o de la Coordinación de Universidades Politécnicas, antes del cierre de esta convocatoria, la cual se turnará al Comité de Becas de la SEP. No se tramitarán expedientes incompletos ni se aceptarán expedientes posteriores a la fecha límite de entrega. El resultado final de esta convocatoria será responsabilidad del Comité de Becas de la SEP y se dará a conocer a más tardar el día viernes 25 de septiembre de 2009, a través del sitio web: http://www.sep.gob.mx/. Cualquier asunto no previsto en la presente convocatoria será definido y resuelto por el Comité de Becas de la SEP. Sin perjuicio de lo previsto en la presente convocatoria, deberán observarse las demás disposiciones aplicables del Acuerdo número 448 por el que se emiten los Lineamientos para la operación del Programa Fortalecimiento del Programa de Becas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de diciembre de 2008.

México, D. F. a 20 de Julio de 2009.

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